Revisión de finiquito y liquidación
Le entregaron una hoja con una cifra. Nadie le explicó de dónde salió.
Casi siempre llega igual: una hoja impresa, una cantidad, y la sugerencia de que firme hoy. Rara vez viene el desglose, y casi nunca viene la explicación de por qué se llama finiquito y no liquidación.
Revisamos esa hoja antes de que la firme.
Qué revisamos
Si le corresponde finiquito o liquidación. No es lo mismo, y la diferencia suele ser de meses de salario. Depende de cómo terminó la relación de trabajo, no de cómo la nombre la empresa.
Si están todos los conceptos. Salarios pendientes, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad y prestaciones pactadas. Falta uno con más frecuencia de la que parece.
Si el cálculo está bien hecho. El salario base que usan para calcular no siempre es el que corresponde, sobre todo cuando una parte del pago se hacía por fuera de la nómina.
Si el despido está bien documentado. Cuando la empresa alega una causa justificada, tiene que haberla comunicado por escrito, con fecha, causa concreta y respaldo. Si eso no ocurrió, el despido difícilmente se sostiene, y entonces la cifra cambia por completo.
Qué necesitamos ver
- La hoja de finiquito o liquidación que le entregaron, aunque no la haya firmado
- Sus últimos recibos de nómina
- Fecha de ingreso y fecha de salida
- Si le entregaron aviso de rescisión por escrito
- Si una parte del salario se pagaba fuera de nómina
Traer los papeles ayuda, pero no es requisito para una primera conversación.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
El finiquito se paga en toda terminación de la relación laboral, sin importar el motivo, e incluye salarios pendientes y las partes proporcionales de prestaciones. La liquidación solo procede cuando el despido es injustificado o por causas ajenas al trabajador, e incluye la indemnización constitucional y la prima de antigüedad. Que le llamen finiquito a lo que debería ser liquidación es una de las confusiones más frecuentes y más costosas.
¿Qué debe incluir un finiquito?
Salarios devengados y no pagados, parte proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, y las prestaciones extralegales pactadas que estuvieran pendientes. Si además el despido fue injustificado, a eso se suman los conceptos de la liquidación.
Me despidieron por una causa que ponen por escrito. ¿Eso ya lo justifica?
No por sí solo. La ley enumera de forma limitativa las faltas graves que justifican una rescisión sin responsabilidad para el patrón, y además exige que se entregue al trabajador un aviso con la fecha y la causa concreta, con respaldo probatorio. Un aviso genérico, tardío o sin pruebas suele no sostenerse.
Ya firmé el recibo. ¿Perdí todo?
No necesariamente. Firmar un recibo de finiquito no siempre implica renunciar a lo que no se pagó, y hay diferencias importantes entre un simple recibo y un convenio ratificado ante la autoridad. Es de las primeras cosas que revisamos, y conviene hacerlo pronto.
¿Cuánto cuesta que revisen mi caso?
La primera valoración es sin costo. Le decimos si la cifra que le ofrecen es razonable o si falta algo, y a partir de ahí usted decide si quiere hacer algo al respecto.
¿Su caso se parece a esto?
Cuéntenos qué pasó y le decimos si hay algo que reclamar. La primera valoración es sin costo y sin compromiso.
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